Nosotros

Consejo Contralor

Nombre y ApellidoCargo    Suplentes
Rafael AcuñaPresidenteMilagros Díaz
Argenis OsorioPrincipalArlinis Mujica
Carlos GuedezPrincipalLuis Matos
Bruce HuertaPrincipalEliezer Chirino
Beatriz BarriosPrincipalMaryury Valecillo

ARTÍCULO 45- El Consejo Contralor de la FVA, será elegido en Asamblea Ordinaria de elecciones, cada cuatro (4) años y podrá ser reelegido por igual
período. Estará integrado por cinco (5) miembros principales y sus suplentes. En la elección de los miembros del Consejo Contralor deberá garantizarse la participación y designación de un o una (1) atleta de la Selección Nacional, con derecho a voz y voto en la toma de decisiones, quien deberá estar afiliado a la Comisión Nacional de Atletas, reconocido por la Federación y debidamente acreditado por esta organización.

ARTÍCULO 46- Son funciones del Consejo Contralor de la FVA, las siguientes:

a) Garantizar que la inversión pública se realice de manera transparente y eficiente en beneficio de las Actividades de Ajedrez y sus afiliados.

b) Prevenir y corregir el comportamiento, las actitudes y acciones que sean contrarias a los intereses sociales y a las Actividades de Ajedrez, enfatizando sobre la ética en el comportamiento, desempeño de las funciones propias, de los mismos afiliados y de sus dirigentes.

c) Proporcionar oportuna respuesta a los afiliados sobre los requerimientos de información y documentación relacionados con la función que cumplen.

d) Garantizar que los directivos y administradores rindan cuenta de sus actuaciones ante los órganos públicos y privados que le correspondan.

e) Garantizar que sus actuaciones se rijan por los principios de democracia participativa y protagónica, interés colectivo, equidad, justicia, igualdad social, corresponsabilidad, cooperación, solidaridad, transparencia, honestidad, eficacia, eficiencia, efectividad, responsabilidad, rendición de cuentas, defensa y protección del ambiente, garantía de respeto de los derechos de la Mujer, Niños, Niñas y Adolescentes y en general , la procura de lograr la mayor suma de participación posible de la población en la práctica de las Actividades de Ajedrez, en todas sus modalidades, en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela.

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